Toque de queda se extiende al 12 de abril y se segmenta a la población para abastecerse según terminación de número de identidad

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La Secretaría de Seguridad a través de la Policía Nacional de
Honduras y en el marco del Sistema Nacional de Gestión de
Riesgo (SINAGER), con relación a la puesta en vigencia de
nuevas medidas durante el toque de queda absoluto; a la opinión
pública comunica:

  1. Para lograr un mayor control preventivo de contagio de
    COVID-19, se determinó segmentar a la población
    conforme a la terminación de los dígitos de su tarjeta de
    identidad, pasaporte y/o carné de residentes, para que
    puedan abastecerse de alimentos, medicinas, combustibles
    y realizar sus trámites de manera ordenada durante los
    días, lunes miércoles y viernes, con horario de 09:00 am a
    3:00 pm, vigente a partir del día lunes 30 de marzo,
    hasta el domingo 12 de abril de 2020, quedando de la
    siguiente manera:
  2. Esta medida es aplicable para supermercados, gasolineras,
    farmacias y bancos, los cuales permanecerán abiertos
    únicamente durante los días programados, asimismo se
    informa que los salvoconductos estarán vigentes mientras
    dure la emergencia.
  3. Los días martes, jueves, sábado y domingo, queda
    prohibida la circulación de vehículos, salida de personas a
    nivel nacional, salvo las excepciones ya establecidas en el
    decreto ejecutivo No. PCM-021-2020, quienes deben
    justificar ante la autoridad competente su movilización;
    portando su respectivo salvoconducto.
  4. Solamente se permitirá a dos personas a bordo de un
    vehículo, solo una de ellas podrá realizar los trámites en
    los comercios aquí descritos; por el incumplimiento de
    esta medida será sujeto al decomiso del vehículo por el
    término que dure esta emergencia, asimismo se procederá
    con la detención de las personas a bordo hasta por 24
    horas según lo establecido en la Ley de Convivencia y
    Seguridad Ciudadana.
  5. En lo referente a la circulación de equipo pesado,
    personas con salvoconducto, productores de la cadena
    agroalimenticia y personal que conforman SINAGER;
    podrán circular por lo que dura la alerta, siempre y cuando
    justifiquen labores de trabajo, sometiéndose a medidas de
    bioseguridad de instituciones públicas o privadas y
    lugares que las tengan establecidas.
  6. Se instruye a todas las empresas autorizadas para laborar,
    tomar todas las medidas de bioseguridad, como: uso de
    mascarilla a sus empleados, toma de temperatura, uso de
    gel antibacterial o alcohol y fila de hasta 2 metros por
    persona, de igual manera se recomienda a la población en
    general el uso de mascarilla cuando visita estos lugares.
  7. Con relación a los vuelos internacionales programados
    durante la vigencia de esta medida, serán habilitados los
    aeropuertos de Tegucigalpa y San Pedro Sula los que
    deberán operar sujetos a restricciones, asimismo las
    aduanas aéreas, marítimas y terrestres seguirán laborando
    normalmente para las importaciones y exportaciones.
    La Policía Nacional de Honduras reitera que las medidas aquí
    descritas tienen como fin único, la preservación de la vida, así
    como la intensificación de acciones para que la población acate
    las recomendaciones giradas por la autoridad en prevención del
    COVID-19.
    El Ocotal FM. 29 de marzo de 2020
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