Gustavo Irías, Director Ejecutivo del CESPAD
Al igual que la mayoría de los países del mundo, el gobierno de Honduras ha emitido un conjunto de medidas para hacerle frente a la pandemia COVID-19. Destacando, entre estas medidas, la autorización a diferentes instancias gubernamentales para las compras directas de equipo e insumos médicos mediante dos decretos emitidos por el Congreso Nacional: Decreto no. 31-2020: Ley especial de aceleración económica y protección social frente a los efectos del coronavirus COVID-19 (13 de marzo) y el Decreto no. 33-2020 (3 de abril). En este último decreto, la sección segunda está destinada a la autorización a la Secretaría de Finanzas (SEFIN), “para la contratación y reorientación de financiamiento destinado para hacer frente a los retos de la pandemia”.
Como parte de este marco jurídico se han efectuado adecuaciones al presupuesto público; el Legislativo ha autorizado al Ejecutivo incrementar la deuda pública y se ha aumentado el monto de donaciones privadas y de gobiernos extranjeros canalizadas de manera directa al gobierno nacional. Según cifras del Consejo Nacional Anticorrupción (CNA) y del Foro Social de la Deuda Externa (FOSDEH), estos recursos podrían estar alcanzando un monto aproximado entre 60, 000 y 80,000 millones de lempiras. No obstante, para la SEFIN el presupuesto para enfrentar la pandemia del COVID 19, en estos momentos, solo asciende a 3, 804 millones de lempiras. (http://www.sefin.gob.hn/covid-19/)
De acuerdo a la experiencia internacional, este tipo de emergencias son propicias para la deformación de la información y el mal uso de los recursos públicos que llevan a violentar derechos humanos básicos, en este caso, principalmente, el derecho a la vida, a la salud, a la alimentación y al acceso a la información de la población potencial y/o directamente afectada por este virus, incluyendo, en este caso (en forma especial), al personal de salud. En Honduras, hoy en día, los reclamos del mal uso de los recursos públicos destinados a este pandemia son múltiples y provienen de voces diversas: medios de comunicación corporativos y digitales, ciudadanía de a pie y organizada, iglesias, algunos sectores de la empresa privada, etc.
Esta situación ha obligado a la SEFIN a instalar en su página Web un sitio para facilitar, según esta Secretaría de Estado, la “veeduría y la participación ciudadana”. Sin embargo, en lugar de aplacar el clamor ciudadano lo ha incrementado, por una simple razón: el sitio web carece de los mínimos estándares de transparencia y rendición de cuentas, es decir, información precisa sobre las fuentes de financiamiento, los procesos de contratación, los proveedores seleccionados, las características de los equipos e insumos, las cantidades y precios unitarios, la calidad de los productos, el destino de las compras (grupos metas precisos: hospitales, centros de salud y otros), sólo para mencionar algunas variables. Adicionalmente, este ambiente se ha complicado aún más por la falta de voluntad de las principales instancias ejecutoras de fondos (COPECO e INVEST) de entregar información detallada y fidedigna a la ciudadanía, violentado, incluso, las orientaciones emitidas por el Instituto de Acceso a la Información Pública (IAIP).
En este contexto, es relevante destacar que la veeduría ciudadana hasta ahora efectuada, con muchas limitaciones en el acceso a la información, ha logrado identificar sobre precios en equipo e insumos, compras innecesarias y la falta de transparencia en los procesos de adquisición. Estos hechos se han difundido ampliamente por las redes sociales y los medios de comunicación, considerándose alarmante que en esta fase 4 de la pandemia, aún no logre abastecerse apropiadamente al personal de salud del equipo e insumos de bioseguridad reiteradamente exigidos.
Esta situación ha colocado en primer plano, no sólo la falta de transparencia en la ejecución de los fondos públicos, sino que también la ineficiencia del régimen en el manejo de la crisis. Develando, asimismo, las contradicciones que se están generando en el interior y entre las instituciones estatales ejecutoras, desde la revelación de la compra de insumos esenciales para enfrentar la pandemia (pero incompletos para ser usados), pasando por la destitución y renuncia de funcionarios públicos, la suspensión de otros, las contradicciones entre organismos ejecutores con actores afines al régimen (supuestamente involucrados en la veeduría social), hasta la intervención del Ministerio Público, pero desafortunadamente carente de la competencia de la acción penal.
Pero, ¿Cuál es el asunto de fondo?
Siguiendo con el razonamiento anterior, un punto crítico en esta coyuntura es que los delitos de corrupción que pudieran estar cometiendo los funcionarios públicos involucrados en el manejo de la crisis y en la ejecución de fondos, no podrán ser juzgados y sancionados por el sistema de justicia, pues están protegidos por el Pacto de Impunidad construido en el contexto que concluyó con la expulsión del país de la MACCIH en enero de este año.
Con este Pacto la elite gobernante desmontó por completo el sistema de persecución penal contra la corrupción. En el actual contexto de la pandemia del COVID-19, este conjunto de leyes están siendo ampliamente favorables para las históricas prácticas corruptas de los grupos en el poder.
Y el asunto de fondo es que en Honduras la corrupción e impunidad no es una distorsión del sistema, es la esencia del sistema. Son las redes de corrupción las que dirigen el Estado hondureño, puesto en evidencia por la acción penal de la MACCIH-UFECIC, en la cual diputados, funcionarios y ex funcionarios públicos, con múltiples vínculos con el poder ejecutivo y con otros actores poderosos, fueron involucrados en la malversación de fondos públicos, fraude, lavado de activos, falsificación de documentos, abuso de autoridad, violación de los deberes de los funcionarios, entre otros.
En enero pasado, de manera orquestada, diferentes poderes del Estado: el Ejecutivo, el Congreso Nacional, la Corte Suprema de Justicia y la Contraloría General de la República, decidieron dar fin a la MACCIH-UFECIC, debido a que representaba una fuerte amenaza a la histórica impunidad de que ha gozado la élite hondureña. No obstante, eso no fue suficiente, sino que construyeron un Pacto de Impunidad mediante el cual bloquearon la posibilidad de la acción penal del Ministerio Público, designando al Tribunal Superior de Cuentas (TSC), como la primera instancia para procesar los casos de corrupción, dejando abierta la puerta para solucionar cualquiera de estos casos por la vía administrativa.
En este momento de la pandemia COVID-19, donde aflora descarnadamente la corrupción gubernamental, este Pacto de Impunidad se constituye en el mayor obstáculo en la lucha contra corrupción y, por supuesto, en el procesamiento judicial efectivo de los funcionarios públicos corruptos y sus asociados.
Desde el CESPAD, hemos sostenido la imperiosa necesidad de derogar este Pacto, como única manera de disponer de un marco jurídico que facilite enfrentar la extendida impunidad con que se protege la elite gobernante. Por supuesto, somos conscientes que sin voluntad política e independencia judicial ese esfuerzo será imposible. Igualmente, sin un marco jurídico robusto anti-corrupción como dejara planteado la MACCIH (la aprobación de la Ley de Colaboración Eficaz y otras más).
Hay que recordar que este Pacto de Impunidad está constituido por las leyes y reformas de marcos jurídicos siguientes:
- Nuevo Código Penal (Decreto 130-2017) que reduce las penas por la malversación de los recursos públicos (Titulo XXVII: Delitos contra la administración pública, en su capítulo I).
- Reforma de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, mediante adición al artículo 10 (Decreto Legislativo No. 117-2019). En la práctica esta reforma restablece la inmunidad parlamentaria, teniendo como implicación el blindaje de los diputados y diputadas por las acciones realizadas desde su función legislativa.
- Ley Especial para la Asignación, Ejecución, Liquidación y Rendición de Cuentas de Fondos Públicos para Proyectos de Orden Social, Comunitarios y Programas Sociales (Decreto Legislativo No. 116-2019). Con esta herramienta jurídica han bloqueado la acción penal inmediata en contra de los diputados, funcionarios públicos, alcaldes/as, fundaciones y organizaciones no gubernamentales que hayan ejecutados fondos públicos asignados por el Congreso Nacional.
- Reformas a la Ley del Tribunal Superior de Cuentas (Decreto Legislativo no. 145-2019). Estas reformas inhiben la acción penal del Ministerio Público en contra de los funcionarios públicos de las diferentes unidades del aparato estatal, siendo reemplazado por las figuras del “Control del desempeño” (control financiero, control de desempeño y resultados, y, auditoria de desempeño) bajo la egida de las auditores internos subordinados al TSC.
Considerando la situación actual de amplia desconfianza ciudadana en el uso de los recursos públicos y de evidentes actos de corrupción para enfrentar la pandemia, es oportuno colocar de nuevo en la agenda nacional la demanda por la derogación de cada uno de estos instrumentos jurídicos que en su conjunto constituyen el Pacto de Impunidad.
El aislamiento físico no debe ser aislamiento social
La lucha contra la corrupción de nuevo se coloca dentro de las prioridades nacionales y ciudadanas. Si bien la pandemia está obligando al aislamiento físico para evitar el contagio, no puede llevarnos al aislamiento social y a la indiferencia ante el despilfarro y mal uso de los recursos públicos.
En esta coyuntura, con signos alarmantes de una extendida corrupción, diversos sectores están demandando la constitución de una Comisión de diversos actores para asegurar una veeduría creíble, independiente del Estado y socialmente incluyente.
Estamos de acuerdo con esa iniciativa, pero lo más importante en este momento es la reactivación de la conciencia y energía social acumulada en períodos anteriores, en especial en la reciente lucha por la renovación del mandato de la MACCIH. El aislamiento físico actual no debería impedir la articulación social de las organizaciones ciudadanas, quienes desde las redes sociales y desde los diferentes espacios de comunicación disponibles pueden ejercer veeduría social y denuncia ciudadana.
Es fundamental reclamar al Estado, el derecho universal al acceso a la información pública, que debería expresarse en la máxima publicidad por parte de las diferentes instancias gubernamentales de la manera en que se están tomando las decisiones, canalizando y gastando los recursos públicos asignados para enfrentar la pandemia, en formatos amigables y que respondan a estándares básicos de transparencia y rendición de cuentas.
En esta coyuntura, una de las tareas principales de las organizaciones ciudadanas hondureñas es articularse, fortaleciendo sus voces críticas en la demanda por una sociedad transparente y democrática.