Impunidad legal

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Edmundo Orellana
Catedrático universitario

La impunidad en nuestro país se legaliza, pero selectivamente, favoreciendo únicamente a las élites corruptas, especialmente las políticas.

El caso de la “Red de Diputados” lo evidenció. Resulta que los diputados, para evitar que la investigación del manejo de los subsidios llegase hasta ellos, aprobaron normas dentro de las Disposiciones del Presupuesto de este año, que prohíben al MP investigarlos y, en los casos ya investigados, procesarlos; igualmente, prohíbe a los juzgados decidir sobre aquellos casos, de este tipo, que estuvieren conociendo. Por tres años estará vigente la prohibición.

Originalmente comprendía a todos los servidores públicos. Que lo son también los diputados, pero se autoexcluyeron, vía una interpretación, ampliando la que se había aprobado en 1934. Resulta que esta, la original, se aprobó para permitir que los notarios que fuesen diputados pudiesen ejercer el notariado, puesto que la ley prohíbe ejercerlo a quienes se desempeñen en cargos públicos con anexa jurisdicción. En 1998 decidieron interpretarla en el sentido de que los comprendiera a todos los diputados. ¿Por qué ampliaron su aplicación a todos los diputados? Para evitar cumplir con la obligación de presentar la Declaración Jurada de Bienes, porque el MP había iniciado una investigación para acusar a los servidores públicos que no la habían presentado. Con esa interpretación evitaban el deber cívico de acreditar la licitud del origen de sus ingresos y bienes y, a su vez, eludían la acción penal (sin embargo, algunos diputados, que no tenían nada que esconder, la presentaron, lo que hizo posible que hoy todos deban presentarla). No es de ahora, entonces, esa maña de los diputados de buscar la impunidad en la ley.

Cuando se aprobaron aquellas normas presupuestarias, se dispuso que ese privilegio comprendiera a los “servidores públicos, diputados y ONG” que reciben y administren ayudas sociales. Claramente diferenciaba al servidor público del diputado, aplicando aquella interpretación. En su momento, la MACCIH advirtió que con esa disposición se favorecía a quienes estaban acusados por el saqueo del IHSS y a cuantos estuviesen siendo investigados y procesados por el manejo irregular de fondos de este tipo.

El propósito de incluir a todos los servidores públicos fue concitar el apoyo de todos los que podrían resultar afectados por las investigaciones de la MACCIH- UFECIC. Pero, temerosos de despertar la ira popular, después de la advertencia de la MACCIH, decidieron modificar lo aprobado, cuidando que la impunidad para ellos quedara intacta.

Fue así, que, para resolver el entuerto, en lugar de acudir a la técnica legislativa de la reforma de la ley, aprobaron una FE DE ERRATAS. Según el Diccionario de la Real Academia de la Lengua por “errata” se entiende la “equivocación material cometida en lo impreso o manuscrito” y por “Fe de Erratas” la “lista de las erratas observadas en un libro, inserta en él al final o al comienzo, con la enmienda que de cada una debe hacerse”.

En la FE ERRATAS, publicada bajo este epígrafe en La Gaceta, suprimen la expresión “servidores públicos” y la mención a las ONG, es decir, modificaron la norma. Esto significa que nuestro legislador utiliza la FE DE ERRATAS no para corregir errores de escritura, de ortografía o de puntuación, que es a lo que alude la Real Academia, sino para modificar, suprimir o agregar párrafos a los artículos; es decir, la utiliza como técnica legislativa para modificar leyes. Además de violar las reglas de la Real Academia, viola la ley. A este efecto, cabe recordar al distinguido lector que nuestro Código Penal dispone: que incurre en el delito de falsificación de documentos quien altere un documento público “haciendo… cualquier alteración o intercalación que varíe su sentido”.

No obstante, conscientes los diputados de que al excluir las ONG del goce de ese privilegio podrían ser investigadas por la MACCIH-UFECIC, y por esa vía llegar a ellos, a la Secretaría de Finanzas, al administrador de la Casa Presidencial y al Presidente de la República que manejó esos fondos, decidieron incluirlas en el disfrute de ese privilegio, sutilmente. Por eso, en la FE DE ERRATAS, incluyeron los fondos “tercerizados”, que son los manejados por las ONG, y también a las “instituciones privadas”, que no son otras que las ONG. ¡Zorros los diputados! Nadie más astuto que ellos para encontrar formas de eludir la ley.

Los que quedan fuera del privilegio son los servidores públicos corruptos. Pero no teman. Su sufrimiento provocó la conmiseración de los autodenominados “patriotas”, organizados en partido político, quienes, impulsados por su piadoso corazón, decidieron que estos “pobrecitos” también sean cubiertos por el piadoso manto de la impunidad, y presurosos impulsan la respectiva reforma a la ley que regula la privación de dominio, para que, al menos, conserven sus bienes. ¡Aleluya!

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