Desplazamiento forzado de personas en Honduras

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H. Roberto Herrera Cáceres
Comisionado Nacional de los Derechos Humanos
(Defensor del Pueblo)

Honduras ha sido uno de los primeros países en América en reconocer la gravedad de la problemática social y humanitaria del desplazamiento forzado por violencia. Lo hizo desde el 2013 y creó, desde entonces, la Comisión Interinstitucional para la Protección de las Personas Desplazadas por la Violencia, con el objetivo de impulsar la formulación de políticas y la adopción de medidas para la prevención del desplazamiento forzado por la violencia, así como la atención, protección y soluciones para las personas desplazadas y sus familiares.

Además de la flagrante vulneración o irrespeto a los derechos humanos de las personas que deben desplazarse internamente y las responsabilidades consiguientes del Estado al no evitarse este fenómeno, ni atenderse debidamente a las personas en riesgo o durante su desplazamiento, puede ocasionarse la necesidad, de quienes se sientan perseguidos por estar en riesgo su vida y libertad y las de su familia, de salir del país y buscar protección de otros Estados, convirtiéndose así en refugiado en búsqueda de asilo.

Tanto el Comisionado Nacional de los Derechos Humanos como el alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR), reconocemos la importancia de trabajar conjuntamente para contribuir con el Estado a prevenir el fenómeno del desplazamiento interno o atender y proteger a las personas que se han visto obligadas a moverse de su hogar o domicilio habitual a otro punto dentro del territorio nacional, para evitar los efectos de situaciones de violencia generalizada, incluyendo violaciones o irrespeto de los derechos humanos.

Apreciamos que el ACNUR contribuya decididamente a prevenir las circunstancias que puedan originar así corrientes de refugiados y, en cumplimiento de sus labores humanitarias, a cooperar con el Estado de Honduras, por medio de varias instituciones, en particular el CONADEH, aplicando como guía internacional, los Principios Rectores de los Desplazamientos Internos y teniendo presente las recomendaciones del Relator Especial de las Naciones Unidas para los Desplazados Internos.

Con respeto y complementación de nuestros respectivos mandatos legales y misiones, y como evidencia de cooperación efectiva entre el CONADEH y ACNUR, en atención a la violencia generalizada y su incidencia sobre la dignidad de las personas, en el 2016, pudimos lograr poner en funcionamiento, dentro del CONADEH, la Unidad de Desplazamiento Forzado Interno, convirtiéndonos en la entidad estatal que genera información actualizada para hacer visibles y analizar perfiles, tendencias, patrones y comunidades amenazadas o afectadas por el fenómeno del desplazamiento forzado interno, con atención especial a los grupos de población en situación de mayor vulnerabilidad.

Como expresión de resultados, logrados por el CONADEH, por medio de dicha Unidad que forma parte de la Defensoría Nacional de Personas Migrantes, se presentó el “Segundo Informe Especial sobre el Desplazamiento Forzado en Honduras”, basado en la identificación de casos, durante el 2017. https://goo.gl/CLvMjU.

En ese informe, se refleja, entre otros aspectos, la gravedad del problema, la necesidad de atenderlo conjuntamente y en forma institucionalizada y articulada entre el Estado y la sociedad, con la cooperación internacional; y la importancia apremiante de discutir y aprobar el proyecto de Ley de Prevención, Atención y Protección de las Personas Desplazadas. El informe comprende también, en forma detallada, conclusiones y numerosas recomendaciones al Poder Ejecutivo; al Congreso Nacional de la República; al Registro Nacional de las personas, al Instituto Nacional de Migración y a otras entidades públicas.

El objetivo del informe y sus recomendaciones es contribuir con el Estado en el cumplimiento de sus obligaciones de prevenir y evitar, en el ámbito municipal y nacional, la aparición de condiciones que puedan provocar el desplazamiento forzado de personas en nuestro país; y, en los casos que dichos desplazamientos se hayan producido, atender, proteger y encontrar soluciones para la vida digna de las personas forzadas a alejarse de su hogar o de su lugar de residencia habitual, a causa de la violencia generalizada, incluyendo violaciones o irrespeto de los derechos humanos.

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